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Nueva Tasa de Recargos para el 2026: Un fuerte golpe a las finanzas de los Contribuyentes en México

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    Abolawlex
  • hace 6 días
  • 4 Min. de lectura

La Ley de Ingresos de la Federación para 2026 introdujo un aumento en la tasa de recargos aplicable a los créditos fiscales con prórroga de pago, pasando del 0.98% mensual establecido para 2025 al 1.38% mensual. A primera vista, este incremento del 40.8% podría parecer poco relevante; sin embargo, su efecto real se magnifica cuando se aplica en conjunto con lo dispuesto por el artículo 21 del Código Fiscal de la Federación (CFF).


Dicho precepto establece que los recargos funcionan como una indemnización al fisco federal por falta de pago oportuno, y su cálculo considera no solo el tiempo transcurrido, sino también la actualización de las contribuciones y el incremento del 50% sobre la tasa anual fijada por el Congreso. En la práctica, esto significa que un atraso prolongado puede generar una carga financiera considerable, especialmente para negocios con problemas de flujo de efectivo o contribuyentes que busquen diferir pagos.


Este ajuste, aunque técnico, representa un factor clave para la planeación fiscal del próximo ejercicio, ya que incide directamente en la costo fiscal del incumplimiento y en las decisiones estratégicas de financiamiento ante el SAT.


Fundamento legal aplicable

Ley de Ingresos de la Federación 2026 (Artículo 11)


“En los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales se causarán recargos al 1.38 por ciento mensual sobre los saldos insolutos.”


Código Fiscal de la Federación (Artículo 21)

Este artículo establece que cuando no se paguen las contribuciones o aprovechamientos en tiempo, se generarán recargos como indemnización al fisco federal por la falta de pago oportuno. Dichos recargos se calculan aplicando la tasa mensual fijada anualmente por el Congreso (en este caso, 1.38%) incrementada en un 50% adicional, además de la actualización por inflación.


Cómo se calcula la tasa de recargos por mora

Con base en el artículo 21 del CFF, la tasa aplicable a los pagos fuera de plazo se obtiene incrementando en un 50% la tasa establecida en la LIF. Así, para 2026 el cálculo queda de la siguiente manera:


  • Tasa base (LIF 2026): 1.38% mensual

  • Tasa de recargos por mora (CFF 21): 1.38 × 1.5 = 2.07% mensual


Por lo tanto, si un contribuyente no paga a tiempo sus contribuciones, el SAT aplicará una tasa de recargos cercana al 2.07% mensual, además de la actualización correspondiente.


Ejemplo práctico: Retraso en el pago de ISR

Una persona moral debía pagar $100,000 de ISR en abril de 2025, pero lo hace hasta abril de 2026, es decir, con 12 meses de atraso.


  1. Actualización por inflación anual estimada: 4% = $4,000

  2. Base actualizada: $104,000

  3. Recargos por mora (2.07% mensual × 12 meses): $24,834

  4. Total a pagar: $128,834


En este ejemplo, el costo financiero del retraso equivale a casi 29% anual, una cifra que supera las tasas de interés promedio de créditos bancarios o empresariales.


Ejemplo práctico: atraso de 4 meses en el pago de IVA para un contribuyente RESICO (2026)

Supuesto inicial: Un contribuyente RESICO debía pagar $20,000 pesos de IVA correspondiente al mes de abril de 2026, cuyo vencimiento fue el 17 de mayo de 2026, pero realiza el pago hasta 17 de septiembre de 2026, es decir, 4 meses después.


1. Determinación de la tasa de recargos aplicable

Conforme al Artículo 11, fracción I de la LIF 2026, la tasa de recargos por falta de pago oportuno es del 1.38% mensual sobre los saldos insolutos.


Además, el Artículo 21 del CFF indica que los recargos se calculan sobre el importe actualizado de la contribución y que la tasa anual se incrementa en un 50%, para efectos de indemnización al fisco.


No obstante, cuando se trata de cálculo mensual conforme a la Ley de Ingresos, la tasa ya incluye el efecto del incremento del CFF, por lo que se aplica directamente el 1.38% mensual durante los meses de atraso.


2. Cálculo de recargos

Concepto

Monto

Contribución omitida (IVA)

$20,000.00

Tasa de recargos mensual

1.38%

Periodo de atraso

4 meses

Recargos totales

$20,000 × 1.38% × 4 = $1,104.00

Por tanto, al momento de pagar el IVA atrasado, el contribuyente deberá cubrir:


  • IVA adeudado: $20,000.00

  • Recargos: $1,104.00

  • Total a pagar: $21,104.00


3. Comparación con la tasa 2025

Si la tasa anterior (0.98%) hubiera permanecido vigente, los recargos serían:

$20,000 × 0.98% × 4 = $784.00


Esto muestra un incremento de $320 pesos, equivalente a un aumento real del 40.8% en el costo financiero del retraso.


Impacto fiscal y financiero

El incremento acumulado de recargos y actualización puede representar una carga importante, especialmente para contribuyentes con flujos de efectivo limitados.


A continuación, se destacan los principales efectos:


  1. Aumento en el costo de incumplir: Los recargos equivalen a una tasa anual superior al 25%, lo que convierte al SAT en un “acreedor” más caro que las instituciones financieras.

  2. No deducibilidad: Los recargos, actualizaciones y multas no son deducibles para efectos del ISR, por lo que representan un gasto que afecta directamente el flujo de efectivo.

  3. Impacto en negocios con baja liquidez: Las pequeñas y medianas empresas que enfrentan caídas en ventas o dificultades de cobro pueden ver comprometida su viabilidad si acumulan recargos mes a mes.


    Alternativas legales para mitigar el impacto:


    • Solicitar prórrogas o pagos en parcialidades conforme a los artículos 66 y 66-A del CFF.

    • Aprovechar los estímulos fiscales contenidos en la Ley de Ingresos 2026, como el previsto en el Vigésimo Segundo Transitorio, que permite eliminar recargos y multas al regularizarse antes del 31 de diciembre de 2026.

    • Evitar omitir declaraciones o dejar de presentar avisos de suspensión de actividades.


El aumento de la tasa de recargos al 1.38% mensual en la Ley de Ingresos de la Federación 2026 refuerza la política del SAT de "incentivar" el cumplimiento puntual de las obligaciones fiscales. No obstante, al aplicarse el incremento del 50% establecido por el CFF, el costo real del atraso puede alcanzar más del 2% mensual, lo que convierte al incumplimiento en una opción financieramente inviable.


Desde una perspectiva de planeación fiscal, resulta más eficiente recurrir a fuentes de financiamiento bancario o empresarial para cubrir obligaciones a tiempo, antes que asumir el costo y las consecuencias de los recargos fiscales.


Aumenta la tasa de recargos por mora en pago de impuestos 2026
Aumento en la tasa de recargos de impuestos para el 2026

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