Nuevo Estímulo Fiscal 2026: ¿Cómo puedes eliminar multas, recargos y gastos de ejecución si tienes adeudos con el SAT?
- Abolawlex

- 9 nov
- 3 Min. de lectura
El Gobierno Federal, a través de la Ley de Ingresos de la Federación 2026, publicó un importante beneficio fiscal que permite a miles de contribuyentes eliminar el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución, e incluso obtener reducciones del 90% en ciertos casos como explicaremos más adelante.
Este estímulo es una oportunidad única para regularizar adeudos y ponerse al día con el SAT o con la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), sin generar riesgos adicionales.
A continuación, te explico de manera sencilla en qué consiste, quién puede acceder y qué pasos debes seguir.
¿A quién está dirigido el estímulo fiscal?
Pueden acceder:
-Personas físicas y morales
-Con ingresos no mayores a 300 millones de pesos en el ejercicio 2024
-Que tengan créditos fiscales firmes o consentidos, derivados de:
Contribuciones omitidas propias, retenidas o trasladadas
Aprovechamientos
Multas (incluyendo con agravantes)
Cuotas compensatorias
Recargos y gastos de ejecución
Obligaciones fiscales, aduaneras o de comercio exterior
En resumen: si tienes adeudos con el SAT o ANAM, y tus ingresos en 2024 no superaron los 300 millones, este beneficio es para ti.
¿Quiénes NO pueden acceder?
Quedan excluidos:
Quienes hayan recibido condonaciones masivas anteriores (programas del artículo 39 CFF antes cancelados en 2019)
Quienes ya usaron el estímulo del Trigésimo Cuarto Transitorio de la LIF 2025
Contribuyentes con sentencia condenatoria firme por delito fiscal
Publicados en listas de empresas fantasma (69-B y 69-B Bis CFF)
Organizamos del artículo 79 LISR (donatarias y similares)
Entes ejecutores de gasto público
Grandes contribuyentes administrados por la AGGC del SAT
¿Qué beneficios otorga?
Eliminación del 100% de multas, recargos y gastos de ejecución.
Aplica para contribuyentes que tengan:
I. Adeudos de 2024 o anteriores
Presenten las declaraciones faltantes y
Paguen el impuesto omitido en una sola exhibición
Antes del 31 de diciembre de 2026
II. Sujetos a auditorías o revisiones
Si estás bajo facultades de comprobación (visita domiciliaria, revisión de gabinete, revisión electrónica):
Corrige las irregularidades detectadas
Autocorrígete dentro del plazo del procedimiento
A más tardar el 31 de diciembre de 2026
El estímulo puede solicitarse:
Durante la auditoría, o
Antes de la resolución final del SAT
III. Créditos fiscales firmes (ya determinados)
Si el crédito ya está firme:
Debe no haberse impugnado, o
Puedes desistirte del medio de defensa (juicio de nulidad o recurso de revocación) o "revisión administrativa"
Reducción del 90% en multas por obligaciones formales
Aplica cuando:
El crédito fiscal está integrado solo por multas por obligaciones distintas a las de pago (ejemplo: no presentar declaraciones informativas)
El contribuyente cumple la obligación omitida
Se presentan los requisitos establecidos
Requisitos clave para obtener el beneficio
Para créditos fiscales firmes, debes:
1. Presentar solicitud al SAT antes del 31 de octubre de 2026
Con esto:
Se suspende el Procedimiento Administrativo de Ejecución
No tienes que garantizar el interés fiscal
Se interrumpe el plazo de prescripción del crédito
2. Esperar el formulario de pago del SAT
La autoridad debe emitirlo dentro de 15 días naturales
Debes pagar lo indicado en un plazo de 15 días naturales después de recibirlo
Si no pagas en tiempo, el formulario queda sin efectos y el SAT puede exigir el pago total.
¿Se puede pagar con compensación o en especie?
No, el transitorio es claro: El pago debe ser en efectivo o transferencia bancaria, NO mediante:
Compensaciones
Pagos en especie
Saldos a favor
¿El estímulo es ingreso acumulable?
-No es ingreso acumulable para efectos del ISR.
-No genera deducciones, acreditamientos ni devoluciones.
-Es un beneficio directo, no un estímulo que genere otros efectos fiscales.
¿Qué pasa si ya existe un embargo de bienes?
Si el crédito está garantizado mediante embargo:
Con el pago conforme al formulario
Se levanta el embargo
Se devuelven los bienes embargados
¿Qué pasa con créditos administrados por estados?
Si el crédito está administrado por una entidad federativa mediante Convenio de Colaboración Administrativa, por ejemplo las Direcciones de fiscalización de las Secretarías de Hacienda de los Estados:
El estímulo debe solicitarse ante la autoridad estatal
La entidad aplicará las mismas reglas de este transitorio
Casos en los que NO aplica este estímulo adicional
No aplica cuando:
El crédito fue remitido al SAT por otra autoridad para su cobro
Importante: Excepto cuando proviene de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM).
Conclusión: Una oportunidad real para regularizarte
El Estímulo Fiscal 2026 es un instrumento sólido, serio y con reglas claras que permite a los contribuyentes:
✔ Regularizar adeudos
✔ Eliminar multas, recargos y gastos de ejecución
✔ Corregirse durante auditorías
✔ Recuperar bienes embargados
✔ Evitar procedimientos costosos
Con fechas límite muy importantes:
31 de octubre de 2026 → Solicitud del beneficio
31 de diciembre de 2026 → Pago o autocorrección
Para muchos contribuyentes, este estímulo puede significar un ahorro total de multas y recargos y la oportunidad de empezar 2027 con un historial fiscal limpio.







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