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¿El SAT te negó una devolución? Sí puedes volver a solicitarla si tu declaración complementaria cambia tu situación fiscal: esto dice la jurisprudencia

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    Abolawlex
  • 4 nov
  • 4 Min. de lectura

Cuando un contribuyente solicita la devolución de un saldo a favor, espera que el SAT lo regrese de forma rápida y sin complicaciones. Sin embargo, no es raro que la autoridad niegue total o parcialmente la devolución por inconsistencias, omisiones, errores de captura o diferencias detectadas en la declaración.


La duda surge entonces: ¿es posible volver a solicitar la devolución si el SAT ya dijo que no?


De acuerdo con la jurisprudencia PC.III.A. J/28 A (11a.), "DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR A PARTIR DE DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS. PROCEDE SIEMPRE QUE ÉSTAS MODIFIQUEN LA SITUACIÓN FISCAL DEL CONTRIBUYENTE QUE PREVALECÍA AL MOMENTO DE LA NEGATIVA PARCIAL O TOTAL Y SE REFIERAN A ASPECTOS SUSTANTIVOS NO REVISADOS POR LA AUTORIDAD." la respuesta es , siempre y cuando presentes declaraciones complementarias que realmente modifiquen tu situación fiscal y corrijan aspectos que la autoridad no revisó en la primera negativa.


¿Por qué sí puedes solicitar de nuevo la devolución?


El sistema fiscal mexicano opera bajo un principio llamado autoliquidación, que significa que:


  • Tú mismo determinas tus impuestos.

  • Tú calculas tus saldos a favor.

  • El SAT solo revisa posteriormente si lo hiciste bien.


Por eso, el artículo 32 del Código Fiscal de la Federación permite modificar tus declaraciones hasta tres veces mediante complementarias. Cada complementaria sustituye a la anterior, como si fuera una nueva declaración.


Si al presentar una complementaria cambias tu cálculo del saldo a favor —porque corregiste un error, agregaste una deducción no considerada o rectificaste un dato mal capturado—, entonces tu situación fiscal también cambia.


Y esa nueva situación te da el derecho a volver a pedir tu devolución, aunque antes te la hayan negado.


¿La jurisprudencia reciente de la Segunda Sala afecta tu derecho a volver a solicitar la devolución?


Es importante mencionar que, en julio de 2025, la Suprema Corte emitió la jurisprudencia 2a./J. 32/2025 (11a.), "SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR. SI LA PERSONA CONTRIBUYENTE NO IMPUGNA LA RESOLUCIÓN QUE LA NIEGA POR CUESTIONES FORMALES, NO PUEDE PRESENTARLA NUEVAMENTE." cuyo criterio principal señala que si el contribuyente no impugna la negativa a la devolución cuando ésta se basa en cuestiones formales, no puede presentar una nueva solicitud simplemente subsanando documentos o agregando información adicional.


A primera vista, este criterio podría parecer contradictorio con la jurisprudencia que analizamos en este artículo (PC.III.A. J/28 A (11a.)), que sí permite presentar nuevamente la solicitud de devolución cuando antes se modifica la declaración con una complementaria. Sin embargo, ambas resoluciones regulan situaciones completamente distintas, por lo que no existe conflicto entre ellas.


¿Qué condiciones debes cumplir?


La jurisprudencia establece tres requisitos esenciales:


1. La complementaria debe modificar realmente tu declaración: No basta con enviarla: debe cambiar cifras, conceptos o bases de cálculo.

2. Los cambios deben referirse a temas que el SAT no haya revisado antes: Si el SAT negó la devolución porque “X” dato está mal, no puedes volver a solicitar por la misma razón a menos que lo hayas corregido y no se trate de un aspecto ya revisado.

3. Debe existir una nueva causa generadora del saldo a favor: La complementaria debe ser el origen del nuevo derecho a devolución.


Ejemplos prácticos


Ejemplo 1: devolución posible

  • María pidió devolución de ISR. El SAT la negó porque olvidó incluir comprobantes de retenciones.

  • María presenta una declaración complementaria corrigiendo las retenciones.

  • Ahora sí puede volver a pedir la devolución, porque se modificó su situación fiscal y el SAT no revisó esta nueva información.


Ejemplo 2: devolución no posible

  • La autoridad negó la devolución porque María tenía facturas apócrifas (EFOS). Ella presenta una complementaria sin cambiar esa situación.

  • No puede volver a solicitar la devolución, porque el problema revisado previamente sigue siendo el mismo.


Ejemplo 3: devolución posible

  • Luis pidió devolución de IVA. La autoridad la negó porque no acreditó el acreditamiento de un mes.

  • Luis presenta complementaria agregando más gastos deducibles de otro mes distinto no revisado.

  • Sí puede volver a solicitar, porque ahora la causa del saldo a favor es otra.


Recomendaciones prácticas para contribuyentes


1. Revisa si tu declaración tiene errores comunes

  • CFDI no vinculados

  • Deducciones omitidas

  • Retenciones mal capturadas

  • Ingresos declarados dos veces

  • Corrige mediante complementaria.


2. Asegúrate de que la complementaria modifique algo sustancial Cambiar solo un dato administrativo no genera derecho a nueva devolución.


3. Verifica si el SAT revisó o no el aspecto que deseas corregir Si ya fue revisado y negado por ese motivo, no puedes insistir hasta modificar la causa.


4. Documenta todo lo que envías. Incluye papeles de trabajo, conciliaciones, CFDI, estados de cuenta, etc.


5. No esperes al juicio si puedes corregir. Muchos problemas de devoluciones se solucionan con:


  • Complementarias bien hechas

  • Buen archivo de pruebas

  • Solicitud clara de devolución


6. Presenta la solicitud de devolución inmediatamente después de la complementaria. La nueva declaración genera un nuevo derecho a devolución.


Conclusión

La jurisprudencia PC.III.A. J/28 A (11a.) protege al contribuyente al reconocer su derecho a corregir declaraciones y volver a solicitar devoluciones cuando exista una nueva situación fiscal no revisada antes.


En palabras simples: Si corriges bien tu declaración, puedes volver a pedir lo que antes se te negó. Es una herramienta valiosa para cualquier persona o empresa que busca recuperar saldos a favor sin quedar atrapada por errores del pasado.


Solicitud exitosa de devolución de impuestos
Criterios jurisprudenciales favorables para devoluciones de saldos a favor de impuestos.

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