Estímulo de regularización fiscal 2025: condonación de recargos y multas hasta del 100%
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Guía práctica para contribuyentes en México
Si tienes adeudos fiscales con el SAT —ya sea por impuestos no pagados, recargos o multas— la Ley de Ingresos de la Federación (LIF) y la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF) traen una buena noticia: un estímulo de regularización fiscal que permite eliminar total o parcialmente recargos, gastos de ejecución y multas, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
Este beneficio no está pensado solo para grandes empresas o especialistas fiscales. Por el contrario, es una oportunidad real para personas físicas y morales que desean ponerse al corriente sin que los recargos y sanciones hagan impagable su deuda.
En este artículo te explico qué condona este estímulo, a quién aplica, cuándo no procede y cómo se solicita paso a paso, con ejemplos claros y prácticos.
¿En qué consiste el estímulo fiscal de regularización?
El estímulo, previsto en el Vigésimo Segundo Transitorio de la LIF y desarrollado en la regla 9.2.2 de la RMF, permite aplicar un beneficio de hasta el 100% sobre diversos conceptos accesorios de los créditos fiscales, siempre que el impuesto principal se pague.
En términos simples:
El SAT te perdona recargos, gastos y multas, pero tú pagas el impuesto.
¿Qué conceptos pueden beneficiarse con el estímulo?
1. Recargos por impuestos federales (100%)
Aplica a recargos derivados de:
Impuestos propios (ISR, IVA, IEPS, etc.)
Impuestos retenidos o trasladados
Cuotas compensatorias
Siempre que correspondan a ejercicios 2024 o anteriores, y que:
El adeudo haya sido determinado espontáneamente por el contribuyente, o
Esté siendo revisado por el SAT (facultades de comprobación).
Ejemplo: Pagaste tarde tu ISR anual 2023. El impuesto sigue pendiente y ya se generaron recargos.
Los recargos pueden condonarse al 100%.
2. Recargos y gastos de ejecución en créditos firmes (100%)
También se condonan:
Recargos
Gastos de ejecución (requerimientos, embargos, etc.)
Siempre que se trate de créditos fiscales firmes y consentidos, determinados por:
El SAT
Las entidades federativas
La Agencia Nacional de Aduanas de México
Incluso se consideran determinados por el SAT aquellos adeudos autodeterminados por el contribuyente antes del 1 de enero de 2026, pero ya controlados por la autoridad.
Ejemplo: Tienes un crédito fiscal firme por IVA 2022, con recargos y gastos de ejecución.
Puedes eliminar completamente esos accesorios.
3. Multas con agravantes (100%)
Aplica a multas derivadas de infracciones con agravantes (artículo 75 del CFF), siempre que la multa se haya impuesto junto con impuestos omitidos.
Ejemplo: El SAT te multó por omitir ingresos y consideró reincidencia.
La multa puede eliminarse si pagas el impuesto.
4. Multas fiscales, aduaneras o de comercio exterior (100%)
Incluye multas establecidas en:
Leyes fiscales
Leyes aduaneras
Normativa de comercio exterior
Siempre que estén relacionadas con contribuciones o cuotas omitidas.
5. Multas por incumplir obligaciones distintas al pago
Por ejemplo:
No presentar declaraciones
No llevar contabilidad
No expedir CFDI
Aquí hay dos escenarios:
Si la multa está ligada a impuestos omitidos → estímulo del 100%
Si el crédito está integrado solo por multas → estímulo del 90%
Ejemplo: Solo tienes una multa por no presentar una declaración informativa.
Pagas solo el 10% de la multa.
¿Quiénes NO pueden aplicar el estímulo?
La regla 9.2.3 de la RMF establece claramente los casos de improcedencia.
1. Contribuyentes con ingresos mayores a 300 millones en 2024
Si en el ejercicio fiscal 2024 tus ingresos superaron ese monto, no puedes acceder al estímulo, sin importar el tipo de adeudo.
2. Créditos enviados al SAT para cobro judicial
No aplica para créditos remitidos conforme al artículo 4 del CFF, excepto si provienen de:
La Agencia Nacional de Aduanas de México
Entidades federativas
3. Créditos fiscales NO firmes
No procede si:
El crédito está impugnado (recurso o juicio)
Existe un procedimiento de resolución de controversias por tratado internacional
Ojo: Si ya promoviste un medio de defensa y quieres el estímulo, debes desistirte formalmente y presentar el acuse correspondiente.
¿Cómo se aplica el estímulo en la declaración? Paso a paso
La regla 9.2.5 de la RMF establece el procedimiento práctico:
Entra al Portal del SAT
Ve a Trámites y servicios
Elige Declaraciones para personas o empresas
Selecciona Provisionales y definitivas o Anual
Si estás siendo auditado, usa:
“Normal por Corrección Fiscal” o
“Complementaria por Corrección Fiscal”
Elige el formulario según tu régimen
Llena o valida la información prellenada
Entra al apartado Pago / Determinación de pago
Responde “Sí” a la pregunta sobre estímulos
Selecciona “Estímulo de regularización fiscal”
Captura el monto del estímulo, previamente calculado
Guarda y envía la declaración
Importante: el SAT no calcula el estímulo por ti; debes tener papeles de trabajo claros.
Conclusiones
El estímulo de regularización fiscal es una herramienta poderosa y temporal para:
Reducir significativamente deudas fiscales
Eliminar recargos y multas que hacen impagables los créditos
Regularizarte sin litigios ni procesos largos
Eso sí, no es automático ni universal. Requiere revisar:
Tipo de crédito
Ejercicio fiscal
Situación jurídica (firme o impugnado)
Nivel de ingresos
Si se aplica correctamente, puede significar ahorros muy relevantes y una relación fiscal más sana con el SAT.
Mi recomendación profesional:Antes de aplicar el estímulo, revisa tu caso con un abogado fiscalista o contador especializado. Un error en la aplicación puede hacer que pierdas el beneficio.
Si quieren conocer más sobre este tema, aquí les compartimos un video en el que entramos más a detalle sobre los puntos comentados.








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