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Consejos para evitar que te nieguen tu devolución de impuestos. Guía práctica para proteger tu saldo a favor y hacerlo efectivo.

  • Foto del escritor: Abolawlex
    Abolawlex
  • hace 2 días
  • 4 Min. de lectura

La época de declaraciones anuales es, para muchos contribuyentes, también la temporada de devoluciones de impuestos. Ya sea por saldos a favor de ISR o por IVA acreditable acumulado, especialmente en esquemas como RESICO, el objetivo es claro: recuperar lo que legalmente te corresponde.


Sin embargo, en la práctica, no todas las devoluciones fluyen de manera automática. Existen revisiones, requerimientos, negativas y criterios jurisprudenciales que pueden afectar tu derecho si no actúas con estrategia.


En este artículo te explicamos cómo evitar que te nieguen tu devolución y qué hacer si eso ocurre.


Entiende el contexto: la devolución no es un favor


La devolución de impuestos no es una concesión de la autoridad fiscal, es un derecho del contribuyente cuando existe un saldo a favor debidamente acreditado.


En la práctica, es común que:


  • Se emitan requerimientos de información adicionales.

  • Se cuestionen deducciones o acreditamientos.

  • Se apueste al desgaste del contribuyente.

  • Se confíe en que el contribuyente desista o no impugne.


Muchos contribuyentes se desesperan ante un requerimiento o una negativa parcial. Ese es el primer error.


Devolución automática: no siempre es tan automática


Para personas físicas, especialmente en declaraciones anuales, existe la posibilidad de devolución automática bajo ciertas condiciones establecidas en la Regla 2.3.2 de la Resolución Miscelánea Fiscal 2026.


La devolución automática procede cuando:


  • La declaración anual está correctamente presentada.

  • No existen inconsistencias.

  • Se cumplen los parámetros de validación del SAT.

  • El saldo a favor no supera ciertos límites establecidos en reglas administrativas.


Si no cumples con los requisitos o el sistema detecta inconsistencias, deberás presentar el Formato Electrónico de Devolución (FED) y entrarás en un proceso formal de revisión.


Estrategia común en RESICO: acumular IVA acreditable


Algunos contribuyentes en el Régimen Simplificado de Confianza optan por:


  • Acumular IVA acreditable durante el ejercicio.

  • Solicitar la devolución hasta el final del año.


Si bien esta estrategia puede ser financieramente atractiva, implica un riesgo: cuando el monto es elevado, la autoridad revisará con mayor detalle.


Aunque RESICO ofrece facilidades en materia contable, eso no significa que no debas tener soporte técnico y documental sólido.


Recomendación profesional: aunque la ley no te obligue a llevar contabilidad formal en ciertos casos, prepara siempre papeles de trabajo internos que respalden el cálculo del saldo a favor.


La “trampa” jurisprudencial que debes conocer


Existe un criterio relevante de la Suprema Corte que ha cambiado la estrategia en materia de devoluciones:


“SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN DE SALDO A FAVOR. SI LA PERSONA CONTRIBUYENTE NO IMPUGNA LA RESOLUCIÓN QUE LA NIEGA POR CUESTIONES FORMALES, NO PUEDE PRESENTARLA NUEVAMENTE.” (Registro digital: 2021218)


La Suprema Corte de Justicia de la Nación, a través de su Segunda Sala, determinó que:

Si la autoridad niega una devolución por cuestiones formales y el contribuyente no impugna esa resolución, no puede simplemente volver a presentar la solicitud.

Esto significa que una negativa formal no impugnada puede cerrar la puerta a una nueva solicitud por el mismo concepto.


Conclusión clave:Si te niegan una devolución, analiza jurídicamente la resolución antes de volver a presentar otra solicitud.


Tienes cinco años, pero cuidado


El derecho a solicitar devolución prescribe en cinco años.

Pero atención:


  • Si nunca la has solicitado, puedes hacerlo dentro de ese plazo.

  • Si ya la solicitaste y fue negada formalmente, debes analizar si procede impugnar.


No actuar puede consolidar la negativa.


Documentación que debes tener preparada


La mayoría de negativas provienen de falta de soporte documental. Antes de solicitar devolución, asegúrate de contar con:


Documentación financiera

  • Estados de cuenta bancarios.

  • Conciliaciones bancarias.

  • Papeles de trabajo internos.


Comprobantes fiscales

  • CFDI de ingresos.

  • CFDI de egresos.

  • CFDI de nómina (en su caso).

  • Constancias de retención.


En el caso de sueldos y salarios, no basta confiar en los datos precargados. Es recomendable validar que los CFDI coincidan con tus constancias.


Actividades con mayor escrutinio


Existen sectores que históricamente generan mayores saldos a favor de IVA y, por tanto, mayor revisión:


  • Exportadores.

  • Maquiladoras.

  • Servicios a tasa 0%.

  • Agricultores.

  • Venta de fertilizantes.

  • Minería.

  • Transportistas con retenciones.

  • Servicios especializados.


En estos casos es indispensable contar con:


  • Contratos con fecha cierta.

  • Cotizaciones.

  • Correos electrónicos.

  • Entregables.

  • Evidencia material de prestación del servicio.


La autoridad no solo revisa el CFDI; revisa la materialidad de la operación.


Atiende los requerimientos en tiempo


Cuando presentes el FED, la autoridad puede emitir requerimientos.

Aspectos críticos:


  • Tienen plazo de vencimiento.

  • Si no respondes oportunamente, pueden negar la devolución de manera definitiva.

  • La información debe presentarse completa y organizada.


Responder parcialmente o fuera de plazo suele derivar en negativa.


¿Qué hacer si te niegan la devolución?


Si la autoridad emite una resolución negativa:


  1. Analiza si la negativa es formal o de fondo.

  2. Evalúa interponer:


    • Recurso de revocación.

    • Juicio de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.


No asumir que “ya se perdió” es fundamental.


Buenas noticias: la devolución se actualiza


El artículo 17-A del Código Fiscal de la Federación establece que:


  • Las devoluciones a cargo del fisco federal se actualizarán por el transcurso del tiempo.

  • La actualización corre desde que se presentó la declaración con saldo a favor o desde el pago de lo indebido.

  • Se actualiza hasta el momento en que la devolución esté a disposición del contribuyente.


Es decir, si la autoridad retrasa indebidamente la devolución, el monto debe pagarse actualizado. El tiempo no juega necesariamente en tu contra.


Conclusión: la devolución se defiende


Solicitar una devolución no es simplemente enviar una declaración y esperar el depósito.

Implica:


  • Estrategia fiscal.

  • Soporte documental sólido.

  • Control de plazos.

  • Conocimiento de criterios jurisprudenciales.

  • Capacidad de defensa.


El error más costoso no es que te nieguen la devolución; es no impugnarla cuando procede.


Si tienes un saldo a favor importante o ya recibiste un requerimiento o negativa, lo recomendable es analizar el caso con un especialista en materia fiscal antes de tomar cualquier decisión.


Tu saldo a favor es tu dinero. Y debe recuperarse conforme a derecho.


Nosotros te podemos ayudar a recuperarlo.


Te compartimos el siguiente video para que conozcas más sobre los puntos que aquí mencionamos.



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