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¿Te restringieron el CSD? Qué hacer ante la cancelación de tus sellos digitales por el SAT

  • Foto del escritor: Abolawlex
    Abolawlex
  • 15 jun
  • 3 Min. de lectura

La restricción o cancelación del Certificado de Sello Digital (CSD) es una de las medidas más drásticas que puede aplicar el SAT contra los contribuyentes. Esta situación impide la emisión de facturas electrónicas (CFDI) y puede paralizar por completo la operación fiscal de una empresa o profesionista. Conoce en este artículo las causas más comunes por las que se restringe o cancela el CSD, cómo defenderte y los plazos clave que debes tomar en cuenta.


¿Qué es el Certificado de Sello Digital (CSD)?


El CSD es el certificado que permite a los contribuyentes emitir comprobantes fiscales digitales por Internet (CFDI). Es indispensable para facturar legalmente y acreditar operaciones ante el SAT. Sin este certificado, no puedes facturar ni cobrar de forma fiscalmente válida.


¿Qué es la restricción temporal del CSD?


El Artículo 17-H Bis del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que el SAT puede restringir temporalmente el uso del CSD cuando detecta irregularidades fiscales. Esta medida es previa a dejar sin efectos el certificado y busca que el contribuyente aclare o subsane la situación.


¿Cuándo puede el SAT restringir el CSD?


Entre los principales supuestos se encuentran:


  • Omisión de declaraciones anuales o provisionales.

  • No localización del contribuyente durante visitas o procedimientos.

  • Domicilio fiscal no válido o no registrado.

  • Inconsistencias entre ingresos declarados y CFDI emitidos.

  • Uso de CFDI para amparar operaciones simuladas.

  • Socios o accionistas con antecedentes fiscales graves.

  • Datos de contacto del Buzón Tributario no válidos.

  • Incumplimientos vinculados a los artículos 79, 81 y 83 del CFF.


¿Qué hacer si el SAT restringe tu CSD?


El contribuyente puede presentar una solicitud de aclaración en un plazo de 40 días hábiles, a través del Buzón Tributario, y debe:


  • Subsanar las irregularidades detectadas.

  • Aportar pruebas para desvirtuar las causas.

  • Solicitar prórroga (una única vez) de 5 días hábiles, si lo necesita.


Durante el análisis de la solicitud, el SAT debe permitir el uso del CSD de forma provisional. La autoridad tiene un plazo de 10 días hábiles para emitir resolución.


¿Qué pasa si no presento aclaración o no resuelvo?


De acuerdo con el Artículo 17-H, fracción X del CFF, si no se presentan pruebas o no se resuelve la situación dentro del plazo, el SAT puede dejar sin efectos el CSD de forma definitiva.


Una vez cancelado, el contribuyente aún puede presentar una nueva solicitud, pero únicamente si corrige su situación fiscal previamente.


Consecuencias de no actuar a tiempo


  • Imposibilidad de emitir facturas.

  • Afectación directa en flujo de ingresos.

  • Multas fiscales.

  • Posibles denuncias penales si hay elementos de simulación de operaciones o defraudación.


¿Cómo defenderte legalmente?


Un abogado o contador experto en materia fiscal puede ayudarte a:


  • Presentar la solicitud de aclaración correctamente.

  • Proveer las pruebas idóneas ante el SAT.

  • Solicitar una nueva emisión de CSD si el anterior fue cancelado.

  • Evaluar opciones de defensa como amparo o medios de impugnación, si se agotaron los recursos administrativos.


Conclusión


La restricción y cancelación del CSD no debe tomarse a la ligera. Se trata de una medida fiscal que puede derivar en la suspensión de actividades, multas o incluso consecuencias penales. Es fundamental actuar de inmediato, contar con la asesoría adecuada y conocer los plazos clave establecidos en el Código Fiscal de la Federación.


Si quieres conocer más información al respecto, a continuación te compartimos un video en donde profundizamos sobre el tema.


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