¿Debo declarar en Estados Unidos la venta de un inmueble que realicé en México?
- Abolawlex

- hace 5 días
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Evita errores costosos, cumple con el IRS y no pagues impuestos de más por desconocimiento.
Vender una propiedad en México siendo ciudadano o residente fiscal de Estados Unidos no solo implica cerrar una operación inmobiliaria, sino también cumplir correctamente con obligaciones fiscales en dos países. La falta de información o una mala interpretación de las reglas puede traducirse en impuestos pagados de más, errores ante el IRS o incluso sanciones innecesarias.
Dos preguntas surgen de manera recurrente entre los contribuyentes: ¿Qué obligaciones fiscales tiene un ciudadano o residente de Estados Unidos al vender un inmueble en México?¿Es cierto que esta operación debe declararse también ante el gobierno de Estados Unidos?
La respuesta corta es sí, pero no de la forma en que muchos creen. No todas las declaraciones cumplen la misma función ni aplican en todos los casos. En particular, existe confusión sobre cuándo debe presentarse el Schedule D, cuándo aplica el Form 1116 y si es necesario presentar ambos.
La confusión suele surgir porque muchos contribuyentes creen que reportar la venta y acreditar impuestos extranjeros es lo mismo. No lo es. En este artículo te explicamos, de forma clara y práctica, cuál es la función de cada formulario, cuándo es obligatorio presentarlos y en qué casos no aplican, para que cumplas correctamente y evites sanciones innecesarias.
Dos planos distintos que no debes confundir
Cuando vendes un inmueble en México y eres contribuyente del IRS, existen dos planos fiscales completamente diferentes:
El ingreso o ganancia obtenida por la venta
El impuesto extranjero pagado en México (ISR)
Cada uno de estos planos activa formularios distintos, que no siempre se presentan juntos.
Schedule D (Form 1040): reportar la venta y la ganancia
¿Para qué sirve el Schedule D?
El Schedule D (Form 1040) se utiliza para reportar ante el IRS:
La venta o intercambio de un activo de capital no reportado en otro formulario.
Ganancias o pérdidas de capital.
Ciertas conversiones involuntarias.
Deudas incobrables no comerciales.
Para el IRS, un inmueble —casa, departamento o terreno— es un capital asset, incluso si está ubicado fuera de Estados Unidos.
¿Cuándo es obligatorio presentarlo?
Siempre que exista una venta, haya o no impuesto a pagar.
La obligación de presentar el Schedule D no depende de si pagaste impuestos en México ni de si reclamas un crédito fiscal.
Debes presentarlo cuando:
Hubo ganancia.
Hubo pérdida.
Hubo venta, aunque la ganancia esté exenta o sea mínima.
Regla clave:
Si vendiste un inmueble, el IRS quiere saberlo. El Schedule D es el medio para informarlo.
Form 1116: evitar la doble tributación legalmente
¿Para qué sirve el Form 1116?
El Form 1116 se utiliza exclusivamente para reclamar el Foreign Tax Credit, es decir, para acreditar ante el IRS los impuestos pagados en el extranjero, como el ISR pagado en México por la venta del inmueble.
Este formulario no sirve para reportar la venta, sino para evitar pagar dos veces impuestos por la misma ganancia.
¿Quién debe presentarlo?
De acuerdo con el IRS, deben presentarlo las personas físicas que:
Sean ciudadanos o residentes fiscales de EE. UU., y
Hayan pagado o acumulado impuestos extranjeros que califiquen para crédito fiscal.
¿Es obligatorio en todos los casos?
No.El Form 1116 solo se presenta si decides reclamar el Foreign Tax Credit.
Ejemplos claros:
Pagaste ISR en México y quieres acreditarlo en EE. UU. → Form 1116 obligatorio.
Pagaste ISR en México, pero no reclamas el crédito → Form 1116 no obligatorio.
No pagaste ISR en México (por exención total) → Form 1116 no aplica.
¿Schedule D, Form 1116… o ambos?
En la práctica, la mayoría de las operaciones requieren ambos, pero no siempre. La diferencia depende de si hubo ganancia y si se pagó impuesto en México.
Comparativa rápida de obligaciones
Escenario | Schedule D | Form 1116 |
Venta con ganancia y pago de ISR en México | ✔️ Obligatorio | ✔️ Obligatorio |
Venta con ganancia exenta en México | ✔️ Obligatorio | ❌ No aplica |
Venta con pérdida | ✔️ Obligatorio | ❌ No aplica |
Pago de ISR en México sin reclamar crédito | ✔️ Obligatorio | ❌ Opcional |
No hubo ganancia real | ✔️ Operación reportable | ❌ No aplica |
Errores comunes que debes evitar
Creer que si ya pagaste ISR en México no debes reportar la venta en EE. UU.
Presentar solo el Form 1116 sin haber reportado la venta en el Schedule D.
Pensar que el Form 1116 reporta ingresos (no lo hace).
Omitir el Schedule D porque “no hubo impuesto que pagar”.
Estos errores pueden derivar en multas, ajustes fiscales y revisiones innecesarias por parte del IRS.
Nota importante sobre otros formularios
El Form 1116 no se utiliza para acreditar impuestos pagados a:
U.S. Virgin Islands (en ese caso se usa el Form 8689).
Para la venta de inmuebles en México, el Form 1116 es el formulario correcto cuando se busca acreditar el ISR pagado.
Conclusión: la regla de oro
La venta del inmueble se reporta siempre (Schedule D).El impuesto extranjero se acredita solo si tú decides hacerlo (Form 1116). Son obligaciones relacionadas, pero independientes.
Una correcta planeación fiscal internacional:
Evita la doble tributación.
Justifica legalmente la transferencia de dinero a EE. UU.
Protege tu patrimonio y tu historial fiscal.
Antes de vender un inmueble en México, consulta a un especialista en fiscalidad internacional. Un buen asesoramiento puede marcar la diferencia entre una operación ordenada y un problema fiscal innecesario.








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