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Cómo se Integra el Límite de los 3.5 Millones de Pesos en el RESICO

  • Foto del escritor: Abolawlex
    Abolawlex
  • 18 mar
  • 2 Min. de lectura

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) ha sido una opción atractiva para muchos contribuyentes debido a sus tasas impositivas preferenciales y su simplicidad en el cumplimiento de obligaciones fiscales. Sin embargo, una de las principales preocupaciones para quienes tributan en este régimen es el límite de ingresos de 3.5 millones de pesos anuales. A continuación, analizamos cómo se integra este límite, qué se debe considerar y cómo evitar errores al calcularlo.


El límite de los 3.5 millones de pesos: Qué incluye y qué no

Para determinar si un contribuyente puede permanecer en el RESICO, se deben tomar en cuenta los siguientes puntos clave:


  1. El límite de ingresos se mide sin incluir el IVA

    • Los ingresos que se consideran para el RESICO son los efectivamente cobrados, pero sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Esto significa que si un contribuyente factura $4,060,000 pesos anuales, pero de esta cantidad $560,000 corresponden a IVA (16% sobre $3,500,000), entonces su ingreso real para efectos del RESICO sería $3,500,000 pesos, justo dentro del límite.


  2. Los ingresos deben considerarse netos de devoluciones y descuentos

    • Si un contribuyente emite una factura que posteriormente es cancelada o si realiza descuentos comerciales sobre sus ventas, estos montos se restan de los ingresos acumulables. Esto significa que si un negocio factura $3,600,000 pesos pero aplica devoluciones por $200,000, entonces sus ingresos netos serán $3,400,000, lo que le permite seguir en el RESICO.


  3. Las deducciones no afectan el límite de los ingresos

    • En el RESICO no se permite la deducción de gastos como en otros regímenes fiscales, ya que el impuesto se calcula sobre los ingresos efectivamente cobrados. Sin embargo, esto no impacta el límite de los 3.5 millones, ya que este se calcula exclusivamente con base en ingresos, no en utilidades.


  4. Ingresos exentos o no acumulables no se consideran

    • Si el contribuyente recibe ingresos que están exentos de ISR, estos no se incluyen en el cálculo del límite. Por ejemplo, si un contribuyente recibe una indemnización por seguro o una herencia, estos montos no afectan su permanencia en el RESICO.


Ejemplo práctico

Un profesional independiente en RESICO factura servicios por $3,900,000 al año, con IVA del 16% incluido. El cálculo correcto de sus ingresos sería:


  • Facturación total: $3,900,000

  • IVA cobrado (16%): $538,000

  • Ingresos para RESICO (sin IVA): $3,362,000


En este caso, el contribuyente aún puede permanecer en el RESICO, ya que sus ingresos sin IVA están por debajo del límite de $3.5 millones.


El cálculo del límite de los 3.5 millones de pesos en el RESICO es fundamental para evitar errores que puedan derivar en la exclusión del régimen. La clave es recordar que este monto no incluye el IVA y que solo se consideran ingresos efectivamente cobrados y netos de devoluciones o descuentos. Aplicar correctamente estas reglas ayudará a los contribuyentes a mantenerse dentro del régimen y aprovechar sus beneficios fiscales.


Si quieres conocer más sobre el tema, aquí les compartimos un video en donde abordamos más al respecto.


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